miércoles, 18 de mayo de 2016

TARJETAS DE CRÉDITO: Límites a los intereses que cobran los bancos. 25% sobre tasas Prést Personales

La Corte limitó los intereses que cobran los bancos por las tarjetas de crédito

miércoles, 18 de mayo de 2016
El máximo tribunal rechazó un planteo del Banco Itaú y estableció que a los deudores de saldos en tarjetas de crédito no se les puede cobrar un interés que supere el 25 por ciento de las tasas aplicadas a préstamos personales.
La Corte Suprema de Justicia limitó los intereses que cobran los bancos a los usuarios de tarjetas de crédito, en el marco de una demanda que impulsó una asociación de protección del consumidor, y por medio del fallo, obligó a la entidad a devolver el adicional que le debitaron a los demandantes.
De esta manera, el máximo tribunal resolvió este martes un caso en que la asociación de protección al consumidor Proconsumer había reclamado contra el Banco Itaú Buen Ayre S.A, y decidió que "los recursos extraordinarios interpuestos" por la entidad financiera ante la Cámara Nacional en lo Comercial "son inadmisibles" de acuerdo al artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.
Entonces, la Corte confirmó la sentencia que ordenó la devolución de los importes reclamados, a los cuales se dispuso adicionar intereses que respeten el principio de reciprocidad de trato (art. 26 de la Ley de Defensa del Consumidor).
La Asociación de Consumidores Proconsumer inició una acción contra el Banco Itaú Buen Ayre SA para que la entidad bancaria demandada se abstuviera de continuar aplicando intereses a sus clientes de tarjetas de crédito, compra o débito en exceso del tope previsto en el artículo 16 de la ley 25.065 y sus normas reglamentarias y, asimismo, restituya lo cobrado en más en violación a dicho tope, planteando a este efecto la inconstitucionalidad de los artículos 7 y 10 de la Ley 23.928, modificados por el artículo 4 de la ley 25.561.
El artículo 16 de la Ley 25.065 ("Interés compensatorio o financiero") dice que "el límite de los intereses compensatorios o financieros que el emisor aplique al titular no podrá superar en más del veinticinco por ciento (25%) a la tasa que el emisor aplique a las operaciones de préstamos personales en moneda corriente para clientes".
Agrega que "en caso de emisores no bancarios el límite de los intereses compensatorios o financieros aplicados al titular no podrá superar en más del veinticinco por ciento (25%) al promedio de tasas del sistema para operaciones de préstamos personales publicados del día uno al cinco (1 al 5) de cada mes por el Banco Central de la República Argentina". Y "la entidad emisora deberá obligatoriamente exhibir al público en todos los locales la tasa de financiación aplicada al sistema de Tarjeta de Crédito". 
Fuente: Diario Registrado

jueves, 5 de mayo de 2016

Garantía de los depósitos

Garantía de los depósitos

Diego Monteleone
Por Diego Monteleone
jueves, 05 de mayo de 2016
Luego de muchos años sin ser modificada (12, para ser precisos), el 12/01/2011 el Banco Central modificó el tope para la garantía de los depósitos, pasando entonces de $30.000 a $120.000.
Muchos usuarios en nuestros foros venían reclamando esta medida desde hace tiempo
Posteriormente y después de 3 años y 9 meses, mediante la Comunicación "A" 5641 del 7/10/2014 el BCRA incrementó el monto de la garantía para los depósitos en pesos hasta $ 350.000. De acuerdo a la citada normativa, el nuevo monto de garantía para los depósitosentró en vigencia a partir del 1/11/14.
A partir de mayo de 2016 el BCRA estableció un incremento del importe de garantía de los depósitos, que pasará de $ 350.000 a $ 450.000 (Comunicación "A" 5943).

¿Qué es la garantía de los depósitos?

La garantía es un respaldo para el ahorrista, que le permite disponer del dinero en caso de que la entidad financiera no pueda cumplir con su obligación de pago.

¿Qué cubre la garantía de los depósitos?

La garantía de los depósitos cubre cuentas corrientes, cajas de ahorros y plazos fijos en pesos y dólares, pero algunos casos quedan excluidos:
  • cuando la tasa ofrecida por el banco supere en dos puntos al promedio del sistema
  • los plazos fijos ajustables por CER
  • depósitos que ofrezcan "retribuciones diferentes de la tasa de interés", como sorteos o seguros.

¿Cuándo fue instaurada la garantía de los depósitos?

El Sistema de Seguro de Garantía de los Depósitos fue creado en 1995 (durante el “efecto tequila”) con el objetivo de cubrir los depósitos bancarios, en forma subsidiaria y complementaria al sistema de privilegios y protección de depósitos, establecido por la Ley de Entidades Financieras.


¿Cuál es la entidad encargada de administrar esta garantía?

SEDESA (Seguro de Depósitos S.A.) es la entidad encargada de la administración de esta garantía. Su sitio web es www.sedesa.com.ar


¿Alguna vez se hizo efectivo el pago de la garantía de los depósitos?

Si bien nunca se debió hacer efectivo el pago de la garantía, esa sociedad salió a apoyar financieramente a las entidades que asumieron depósitos y pasivos de otros bancos durante la crisis del 2001.


¿Cuándo fue la última vez que se había actualizado la garantía de los depósitos?

La última actualización para el mencionado límite fue realizada en 1998 y lo llevó hasta los 30.000 pesos.

¿Cuáles son los montos topes de garantías de depósitos en otros países?

  • Uruguay: US$ 29.040
  • Brasil: US$ 35.531
  • México: US$ 129.055
  • Estados Unidos: US$ 250.000
  • España: Euros 100.000