viernes, 20 de marzo de 2020

INTELIGENCIA ARTIFICIAL EN LAS CALIFICACIONES DE RIESGO

Inteligencia Artificial en las calificaciones de riesgo: ventajas y desafíos legales


El rol de las agencias de calificación crediticia (“ACRs”) fue sometido a un intenso escrutinio a raíz de la crisis financiera mundial de 2007-2009, cuyos efectos negativos se extendieron por la economía mundial y afectaron a los inversores de todo el mundo. Ni las regulaciones ni los controles internos disponibles en ese momento demostraron ser útiles ni suficientes para prevenir el colapso. La falta de una regulación efectiva sobre las ACRs, la insuficiente calidad de las calificaciones crediticias, la falta de competencia efectiva en dicho mercado, y el conflicto de intereses subyacente entre la agencia y el emisor fueron elementos clave que contribuyeron a la crisis.

Más de diez años después y con la aparición de nuevas tecnologías, la industria de calificación crediticia se propone introducir el uso de Inteligencia Artificial (“IA”) con el fin de mejorar sus eficiencias operativas. Sin dudas el potencial de mejora es enorme; sin embargo, las nuevas tecnologías también plantean riesgos que pueden ser difíciles de anticipar, identificar o medir en un mercado tan particular como el de las ACRs, y tan sistemico como el mercado financiero global.

1. Breve descripción de los servicios de calificación crediticia y el papel de las agencias de calificación en los mercados financieros

Las calificaciones crediticias juegan un papel fundamental en los mercados financieros[2], al utilizar su experiencia técnica para reducir la asimetría de información que existe en los mercados financieros[3]. Así, el papel de las ACR es valioso desde la perspectiva del inversor y del emisor.

En cuanto a lo primero, las ACR actúan como un mecanismo de protección de los inversores[4] o “financial gatekeepers”[5]. Ayudan a los inversores y a otros a examinar la gran cantidad de información disponible en el mercado y analizar los riesgos crediticios que enfrentan al prestar a un prestatario en particular, o al comprar la deuda de un emisor o valores similares a la deuda[6]. Con respecto a lo segundo, la opinión crediticia emitida por una ACR acreditada es un elemento clave dentro del plan de endeudamiento del emisor.De hecho, se ha argumentado que el éxito de los programas de endeudamiento de los emisores depende de la calificación crediticia asignada a la deuda, que es un requisito previo que determina la tasa de interés ofrecida y el costo de capital[7].

Dados los altos niveles de capital reputacional que se necesitan para tener éxito en el negocio de calificación, el mercado de calificación crediticia ha estado históricamente dominado por tres compañías multinacionales: Moody’sInvestorsService, Standard &Poor’s y Fitch Ratings (las “Tres Grandes”). Se ha dicho que estas tres entidades poseen aproximadamente el 95% del mercado de calificación total[8].

Las calificaciones crediticias constituyen “opiniones” de las ACR derivadas de su análisis profesional de información relevante, a la luz de sus metodologías de calificación y procesos internos. Esta caracterización de la “opinión” (y no de los hechos) no es menor, ya que se ha argumentado constantemente que las calificaciones crediticias gozan de la protección de la Primera Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos como “libertad de expresión”[9], que tradicionalmente ha sido un elemento central para que las ACR sean prácticamente inmunes a cualquier exposición a responsabilidad civil[10].

En este contexto, tradicionalmente ha habido una serie de preocupaciones asociadas con la industria de ACR. La primera limitación sería la gran posibilidad de que exista un conflicto de intereses entre los intermediarios [ACR] y aquellos que debería proteger, es decir, los inversores[11]. Este conflicto surgiría del modelo de financiación [“modelo del emisor paga”], que podría incentivar a las ACR a emitir calificaciones complacientes para salvaguardar su fuente de ingresos. Otros factores de preocupación incluyen (i) la falta de competencia en el mercado[12], (ii) la falta de un régimen de responsabilidad adecuado (que facilite las declaraciones erróneas y la negligencia) y la falta de independencia de la presión política y económica, y (iii) la calidad insuficiente de las calificaciones como resultado de procesos internos inadecuados, personal analítico no apto o aplicación errónea de metodologías de calificación.

Entre 2007 y 2009 sucedió lo inevitable. La crisis financiera mundial mostró una intensificación de las preocupaciones con respecto a los denominados “gatekeepers”, y en particular el papel desempeñado por las ACRs. Como resultado de esto, a raíz de la crisis, fuimos testigos del surgimiento de una examinación pormenorizada del cumplimiento de las ACR con las regulaciones existentes[13] y de demandas de inversores con el objetivo de responsabilizar a las ACR por el daño sufrido por ellos[14].

Esto sumado a que había una opinión común en los EE. UU. y en la UE de que se necesitaban nuevas regulaciones para analizar mejor las actividades de las ACRs, y hacerlas responsables de sus declaraciones erróneas ante los inversores públicos. En 2009, la UE emitió el Reglamento 1016/2009 y en 2013 el Reglamento 462/2013 (el “Reglamento de las ACRs de la UE”). Al otro lado del Atlántico, el Congreso de los Estados Unidos introdujo en 2010 la responsabilidad legal de las calificaciones y otras reformas significativas a través de la Ley Dodd-Frank de Reforma y Protección al Consumidor de Wall Street (“Ley Dodd-Frank”), para cumplir el objetivo del presidente Obama de lograr reglas claras y salvaguardas básicas para los mercados[15].

En resumen, a raíz de la crisis financiera mundial, las ACRs (y, en particular, la calidad y precisión de sus servicios) se convirtieron en un tema de intensa discusión pública, audiencias del Congreso, lo que derivó en un creciente escrutinio regulatorio y acciones por daños y perjuicios.

2. El uso de Inteligencia Artificial por las ACR

a. Concepto de Inteligencia Artificial y sus elementos principales

El crecimiento del potencial informático, la disponibilidad de datos y el progreso en algoritmos han convertido a la IA en una de las tecnologías más estratégicas del siglo XXI[16]. No es sorprendente, entonces, que nos estamos moviendo hacia una nueva economía, impulsada por “big data”, análisis avanzado, tecnología de teléfonos inteligentes y conexiones entre pares (conexiones peer-to-peer), que irán de la mano de cambios fundamentales en la estructura y en la naturaleza del sistema financiero que lo respalda[17].

La IA se ha definido como sistemas de software (y posiblemente también de hardware) diseñados por humanos que, con un objetivo complejo, actúan en la dimensión física o digital al percibir su entorno a través de la adquisición de datos, interpretando los datos estructurados o no estructurados recopilados, razonando sobre el conocimiento, o procesando la información, derivada de estos datos y decidiendo las mejores acciones para lograr el objetivo dado[18]. El concepto de IA se encuentra con frecuencia en la literatura junto con Machine Learning (ML). ML es un subconjunto de IA donde una máquina se enseña a sí misma para realizar tareas sin ser programada explícitamente.

La UE apoya el desarrollo de una “IA ética, segura y de vanguardia” como un medio prometedor para aumentar el florecimiento humano, el progreso y la innovación, al mismo tiempo que previene y minimiza los riesgos asociados[19]. Para lograr esto, la UE ha adoptado el concepto de “IA confiable” (trustworthy AI), cuyos tres componentes (que deben cumplirse durante todo el ciclo de vida del sistema) son: (i) debe ser legal, cumplir con todas las leyes y regulaciones aplicables; (ii) debe ser ético, asegurando la adhesión a los principios y valores éticos; y (iii) debe ser robusto, tanto desde una perspectiva técnica como social, ya que, incluso con buenas intenciones, los sistemas de IA pueden causar daños involuntarios.

Los sistemas de IA deben ser alimentados con datos para operar. Serán necesarias grandes cantidades de datos para desarrollar la IA, e incluso podría ayudar a mejorar el rendimiento de la IA y automatizar la toma de decisiones en el mismo dominio. Pero no todo tipo de datos puede ser útil: la calidad de los datos utilizados es primordial para el rendimiento de los sistemas de IA y para su evolución más rápida.

Estos nuevos mecanismos pueden cambiar nuestras vidas para siempre, no solo en el mundo financiero sino más ampliamente en otras áreas sustantivas de nuestras vidas. Los reguladores de todo el mundo (es decir, el Banco de Inglaterra, la Comisión Europea, IOSCO) están discutiendo cómo tratarlo, y la mayoría de las empresas ya han comenzado a adoptar la IA en sus negocios. No sorprende, entonces, que el Directorio de IOSCO hubiera identificado a la IA/ML dentro de sus cinco prioridades en el 2019[20].

b. Principales motivos por los cuales las ACR emplearían IA en sus negocios

Al igual que otros servicios financieros, la relación de calificación crediticia implica que la ACR proporcione un servicio (el análisis de calificación crediticia, seguido de la emisión de una opinión de calificación) y que el emisor pague un honorario a cambio.

Desde un punto de vista operativo, el proceso de calificación crediticia comienza con el acuerdo comercial entre la ACR y el emisor (a través de la firma del acuerdo de calificación crediticia), seguido del trabajo analítico. Esto implica: (i) el nombramiento del Analista Líder que estará a cargo del análisis crediticio, (ii) la recopilación de la información relevante, (iii) el análisis de calificación realizado por el Analista Líder a la luz de las metodologías de calificación, (iv) la opinión de calificación tomada por el Comité de Calificación. Luego, la opinión se comunica al público en general de forma gratuita a través de comunicados de prensa (pressrelease) que se difunden públicamente y se distribuyen a los principales medios financieros. Las calificaciones crediticias aplicables serán monitoreadas de manera continua y la ACR modificará la calificación crediticia según sea necesario, en respuesta a los cambios en la opinión de la solvencia crediticia del emisor o la emisión[21].

Sin embargo, el alcance del servicio de calificación crediticia es mucho más amplio que el anterior. Como parte del proceso de calificación crediticia, las ACR presentan dos tipos de tareas: (i) aquellas que están dentro del proceso analítico (el “negocio principal”) y (ii) aquellas que están fuera del negocio principal (por ej., cumplir con requerimientos regulatorios obligatorios, otros procesos internos). Queda por ver si alguna de estas tareas podría aplicar la IA para mejorar la eficiencia de las ACR en los mercados financieros.

Los resultados preliminares de una encuesta lanzada recientemente por el Banco de Inglaterra (“BoE”)[22] ayudan a poner la situación en perspectiva: (i) más del 57 por ciento de las empresas están utilizando aplicaciones de inteligencia artificial en áreas de gestión de riesgos y cumplimiento (incluyendo anti antifraude y contra el lavado de dinero), (ii) el 39 por ciento está utilizando aplicaciones de inteligencia artificial para la participación del cliente, (iii) el 25 por ciento en ventas y comercio, (iv) el 23 por ciento en banca de inversión, y (v) 20 por ciento en seguros patrimoniales.

La gran cantidad de datos procesados ​​por las ACR derivadas de sus relaciones de calificación podría aumentar sustancialmente el alcance de las eficiencias internas, siempre que exista calidad adecuada de los datos y un razonamiento correcto de los algoritmos de IA. Específicamente, una mejor gestión de datos, resultados más rápidos y precisos, mayores sinergias dentro de los sistemas informáticos, eliminación de la intervención humana para ciertas tareas (no complejas y repetitivas) y controles más estrictos del trabajo humano, son solo algunos ejemplos del potencial de la IA en la industria de calificación crediticia. En otras palabras, las aplicaciones de IA podrían implementarse para automatizar el negocio principal u otros procesos que quedan fuera de él.

El proceso para automatizar el negocio principal tendría como objetivo replicar, total o parcialmente, el proceso de calificación crediticia, incluida la recopilación de información, la evaluación del analista principal y la aplicación de la metodología, la decisión del Comité de Calificación y la difusión pública de calificación crediticia.

Además, la IA podría usarse en otros procesos que quedan fuera del negocio principal. Muchos de estos implicarían tareas repetitivas con menos complejidad. Si bien muchas de dichas tareas pueden estar reguladas o basadas en el cumplimiento, algunas otras pueden involucrar la búsqueda de procesos comerciales más eficientes, a saber:

(i) controles en la etapa de contratación comercial (por ejemplo, verificación de antecedentes del cliente: mecanismos antifraude, antilavado de dinero y “Conozca a su cliente” (KYC, por sus siglas en inglés);

(ii) requisitos regulatorios y de cumplimiento (por ejemplo, inserción de divulgaciones obligatorias en opiniones de calificación crediticia, calificación inicial y monitoreo continuo de gestión de riesgos, programas de cumplimiento, controles internos, requisitos de mantenimiento de registros y planes de auditoría, informes periódicos a los reguladores, creación de estadísticas de calificación, tasas de incumplimiento, matrices de transición y listas de honorarios, verificación de conflictos de intereses y negociación de valores por parte del personal de la ACR, vigilancia continua de los esquemas de rotación de analistas y agencias de calificación, traducción y difusión pública de opiniones y metodologías de calificación crediticia);

(iii) otros usos generales (por ejemplo, preparación de documentación legal básica, cobro de honorarios de calificación, contabilidad y marketing).

De acuerdo con los primeros resultados de una encuesta[23], algunas empresas pueden estar acercándose a la introducción de AI / ML de manera gradual, proyecto por proyecto; mientras que otras parecen estar siguiendo un enfoque más integrado y estratégico. Puntualmente respecto de las ACR, queda por ver cuáles podrían ser las implicaciones legales y regulatorias de estas iniciativas, con énfasis en lo que podría suceder en el negocio principal de calificación.

3. Consideraciones legales, regulatorias y de gobierno

La IA permite a las CRA explorar oportunidades para prestar servicios más eficientes, teniendo en cuenta que estos podrían presentar desafíos legales. Esto se debe a que las leyes no siempre están al día con los desarrollos tecnológicos, a veces pueden estar fuera de sintonía con las normas éticas o simplemente pueden no ser adecuadas para abordar ciertos problemas.

a. Consideraciones legales

El primer elemento legal que se analizará son los datos, que es uno de los elementos más críticos utilizados por las ACRs para procesar y asignar sus calificaciones.

Las ACR obtienen datos financieros y no financieros de sus contrapartes contractuales y de otras fuentes públicas consideradas confiables. El principal compromiso asumido por los emisores dentro de los acuerdos de calificación crediticia (además del pago de los honorarios aplicables) es proporcionar información suficiente, precisa y oportuna a las ACR con el fin de asignar la calificación.

El proceso de calificación comienza una vez que la información relevante se ha cargado en los sistemas de calificación. Este es un aspecto clave para el uso de IA en el negocio de calificación, porque solo una transición efectiva a los sistemas electrónicos permitirá a las compañías explorar el potencial de la IA. Para lograr esto, los acuerdos de calificación crediticia deberán incluir una disposición por la cual el emisor acuerde proporcionar los datos relevantes para el desarrollo de aplicaciones de IA.

Otro elemento central será cómo las ACR acceden a los datos y cómo se utilizarán para las aplicaciones de IA. Es probable que los reguladores analicen el problema a la luz de la naturaleza de los datos, ya sea que implique el uso de datos sensibles u otro tipo de datos. Existen complejos problemas éticos, legales, de conducta y de reputación asociados con el uso de datos personales. En consecuencia, la privacidad y la protección de datos deben protegerse durante todo el ciclo de vida del sistema de IA, incluida la información inicialmente proporcionada por el usuario y la información generada sobre el usuario durante curso de su interacción con el sistema.

Esto es esencial, ya que tanto los ciudadanos como las empresas necesitan poder confiar en la tecnología con la que interactúan, tener un entorno legal predecible y confiar en salvaguardas efectivas que protejan los derechos y libertades fundamentales. La discusión anterior se enmarca en el contexto de un tema complejo más amplio: las diferencias intercontinentales en el tratamiento de datos y los marcos regulatorios en China, EE. UU. y la UE, lo que hace aún más inciertas las implicaciones legales en torno a los datos[24].

El segundo elemento de nuestro análisis legal es la transparencia. Esto juega un papel fundamental en los mercados financieros y es particularmente importante dentro del proceso de calificación de las ACR.

Las calificaciones crediticias deben ser transparentes porque la opinión debe estar suficientemente fundamentada y revelar todas las consideraciones materiales que formaron parte del proceso de evaluación. El proceso de calificación debe explicarse a fondo para permitir a los inversores del mercado hacer su propia evaluación. Las opiniones de calificación siempre deben hacer referencia clara al instrumento calificado y a la metodología que se ha aplicado dentro del proceso de calificación. En línea con esto, los más altos tribunales judiciales han afirmado que la falta de transparencia de las opiniones de calificación crediticia constituye una violación fundamental de las regulaciones aplicables[25].

Las tecnologías aplicadas en los mercados financieros también deberían ser transparentes para fortalecer la confianza en los sistemas de IA. Por lo tanto, la transparencia algorítmica debe desempeñar un papel central en el campo de las ACR, ya que representaría el proceso que lleva a la opinión de calificación crediticia. La falta de transparencia sobre cómo las ACR aplican las nuevas tecnologías no sólo daría como resultado sistemas de IA menos confiables y robustos, sino que potencialmente desencadenaría controles regulatorios más estrictos y litigios privados por parte de inversores alegando daños debido a la emisión de calificaciones crediticias poco transparentes.

A la luz de lo anterior, solo una revelación completa de los procesos algorítmicos permitiría a los reguladores y a los participantes del mercado financiero comprender cómo la tecnología procesa e interpreta los datos en diferentes escenarios, de ahí la importancia de la investigación sobre la explicabilidad de los sistemas de IA[26].

El tercer elemento del análisis legal es el control de los sistemas de IA. Como se mencionó anteriormente, a raíz de la crisis financiera, las ACR no habrían actuado como “gatekeepers” efectivos y ni los reguladores ni las regulaciones proporcionaron suficientes controles sobre lo que estaban haciendo las ACR. Por lo tanto, las regulaciones posteriores a la crisis implicaron mayores controles, requisitos de información y divulgaciones.

En este contexto, el uso de la IA, ya sea dentro del proceso de calificación o fuera de él, tiene un gran potencial para mejorar la eficiencia y la innovación, y los reguladores no pueden ignorarlo, sino reconocer y colaborar a lo largo de este proceso de transformación. Sin embargo, también puede crear riesgos que deben evaluarse y controlarse para ser robustos y confiables[27].

La implementación por parte de la Autoridad de Conducta Financiera (“Financial Conduct Authority” (FCA, por sus siglas en inglés) dentro del Banco de Inglaterra de un ambiente de prueba (“regulatory sandbox”) es un buen ejemplo que muestra cómo el regulador podría reconocer el valor y los riesgos potenciales de la IA, pero al mismo tiempo trabajar junto al sector privado para apoyar la innovación fomentando las pruebas de productos y servicios en un entorno controlado[28]. La Comisión de la UE también ha expresado su apoyo a la creación de infraestructuras de prueba y experimentación, abiertas a empresas de todos los tamaños y de todas las regiones.

Finalmente, un debate sustancial sobre la responsabilidad de las ACR debería tener lugar a raíz de la posible introducción de la IA.

Tradicionalmente, uno de los aspectos más cruciales en torno a las calificaciones crediticias ha sido que son opiniones que reciben protección de “libertad de expresión” y son inmunes a la responsabilidad, a menos que los demandantes puedan mostrar “real malicia” que excluya cualquier responsabilidad basada en negligencia. Esto ha presentado desafíos desde al menos dos perspectivas: cómo responsabilizar a las ACR por la emisión de opiniones erróneas en el mercado y cómo regularlas sin afectar su independencia.

Las dos regulaciones principales emitidas después de la crisis financiera mundial (Ley Dodd Frank y las Regulaciones ACR de la UE) introdujeron elementos para hacer que las ACR sean responsables ante los inversores y mejorar la calidad de sus calificaciones. Queda por ver si el concepto de “opinión” y responsabilidad puede cambiar con el uso de IA.

La primera pregunta que surge es si el marco legal actual capturaría adecuadamente los perjuicios potenciales derivados de la IA y, de ser así, cuál sería el alcance de la responsabilidad. Las leyes actuales de responsabilidad del producto (productliability) fueron diseñadas para un mundo donde los productos eran artículos físicos relativamente simples que no cambian mucho una vez que salieron de la fábrica, pero muchos productos que llegan al mercado hoy están ampliando estos límites[29].

Una conclusión preliminar bajo los Reglamentos de las ACR de la UE permitiría a los inversores sin una relación contractual con una ACR, hacerla responsable si pudieran probar que, como resultado del uso de AI: (i) la ACR ha cometido una infracción regulatoria del Reglamento (CE) 1060/2009; (ii) la infracción se cometió intencionalmente o con negligencia grave; (iii) la infracción tuvo un impacto en una calificación crediticia y causó pérdidas al inversionista; (iv) ellos [los inversores] confiaron razonablemente en la calificación crediticia relevante al decidir si invertir en, mantener o desechar, un instrumento financiero cubierto por esa calificación crediticia.

En una mirada más cercana, sin embargo, puede ser más difícil identificar las causas fundamentales de los problemas derivados de la IA y atribuir la responsabilidad a las personas. La pregunta probablemente debería centrarse en dónde debe trazarse exactamente el límite legal para atribuir la responsabilidad a las ACR. Por ejemplo, ¿cómo podría saber qué problemas son una función de un diseño deficiente, la culpa del fabricante si ha comprado un producto tecnológico 'listo para usar', o una implementación deficiente, que podría demostrar incompetencia o una falta de comprensión clara por parte de la administración de la ACR?

Se esperaría entonces, que se implementen nuevos mecanismos legales para garantizar la responsabilidad y la rendición de cuentas de las ACR con respecto a sus sistemas de IA y sus resultados. Para evitar socavar los incentivos a la innovación, la atribución de responsabilidad a la luz de la IA puede seguir ciertos parámetros objetivos, a saber: implementación de controles internos, cumplimiento de todas las regulaciones y políticas de la compañía aplicables y vigilancia efectiva sobre las aplicaciones de IA. Desde la perspectiva de una ACR, sería aconsejable que los contratos [de calificación] definan claramente las responsabilidades de cada parte y sean claros sobre el uso previsto y las limitaciones del producto. Queda por ver cómo la industria de ACR puede evaluar los beneficios de introducir la IA en sus procesos, frente a las implicaciones que pueden derivarse de las responsabilidades derivadas de posibles errores.

b. Consideraciones regulatorias y de gobierno

Como consecuencia de la crisis financiera, se emitieron nuevas regulaciones y las ACR tuvieron que adoptar cambios sustanciales en sus estructuras de gobierno y cumplimiento. Diez años después, el nuevo desafío regulatorio que se avecina es cómo abordar la IA en los mercados financieros y determinar los posibles riesgos y repercusiones en las estructuras de gobierno y / o cumplimiento de la empresa.

Si bien ciertamente no es el papel del regulador obstaculizar el progreso, la IA confiable exigirá nuevas regulaciones y nuevos ángulos de control. Los reguladores tendrán que revisar su aplicación porque los mecanismos tradicionales de supervisión ya no serán útiles[30]. Dada la fuerte intersección entre el desarrollo de nuevas tecnologías y datos, es probable que surjan nuevas regulaciones de la interacción de más de un regulador, a saber, la autoridad del mercado financiero y el regulador de protección de datos.

La aparición de IA y de regulaciones deberá ir de la mano con la adopción de nuevas estructuras internas de gobierno y cumplimiento dentro de las empresas. La investigación demuestra que la atención de la gerencia al más alto nivel es esencial para lograr el cambio[31]. Resulta indudable la importancia del apoyo humano a lo largo del desarrollo y la implementación de IA dentro de las organizaciones empresariales.

El enfoque de gobierno no solo debe estar presente durante las pruebas en la etapa de diseño, antes de que se apruebe el uso de AI / ML, sino también en las pruebas durante la etapa de implementación, así como en la supervisión necesaria para evaluar los resultados y abordar los problemas cuando salen mal.

Desde un punto de vista operativo, los nuevos marcos de gobierno tendrán como objetivo difundir en las empresas una fuerte cultura de ética y cumplimiento a través de: (i) nuevos Códigos de Conducta internos que reconozcan el uso de IA como parte del negocio, (ii) capacitaciones para el personal de la empresa y la adopción de medidas en toda la empresa para involucrar a la gerencia en todos los niveles, sobre el progreso y la implementación de la IA, (iii) la posibilidad de que el personal informe al Departamento de Cumplimiento sobre cualquier mal uso potencial o funcionalidad poco ética de la IA o de los datos, (iv) vigilancia constante sobre posibles sesgos de los algoritmos de calificación, para evitar la discriminación centrada en el ser humano o las calificaciones complacientes derivadas de conflictos de intereses.

Esta no es la primera vez que se requiere una reforma estructural del gobierno interno de las ACR. Pero en el contexto de decisiones tomadas por máquinas que ellas mismas aprenden y cambian con el tiempo, la alta gerencia de las empresas y los reguladores, deberán considerar y estar atentos a problemas antes desconocidos, y acostumbrarse a navegar en la incertidumbre.

4. Conclusión. Impacto potencial en el mercado de calificación crediticia y en los mercados financieros

Las calificaciones crediticias cumplen una función valiosa para los mercados financieros y para los inversores en particular. Sin embargo, las mismas preocupaciones que salieron a la luz a raíz de la crisis financiera de 2007-2009 todavía están presentes hoy: el conflicto de intereses derivado del modelo de “emisor paga”, la falta de competencia, la calidad insuficiente de las calificaciones y el exceso de dependencia de calificaciones crediticias, entre otros.

Debe analizarse cuál podría ser el impacto probable de la introducción de IA en el mercado de calificación crediticia y si la IA podría ayudar a eliminar o mitigar las preocupaciones actuales del mercado. A priori, la introducción de IA en el mercado de calificación crediticia, si se implementa correctamente, con un uso adecuado de los datos, controles efectivos y procesos transparentes, tiene el potencial de rediseñar la estructura de la industria de calificación, aumentar la competencia y mejorar la calidad de las calificaciones crediticias en beneficio de los inversores financieros.

Ha quedado claro que la IA está abriendo nuevas oportunidades para una mayor competencia en los mercados financieros, y en el mercado de calificación crediticia esto podría conducir a:

(i) calificaciones crediticias más precisas y predictivas, y procesos comerciales más eficientes (por ejemplo, controles automatizados, auditoría y gestión de riesgos);

(ii) las empresas de tecnología podrían estar interesadas en ingresar al mercado de calificación crediticia, posiblemente creando un nicho de mercado de “ACR de bajo costo” (lowcost rating agencies);

(iii) una mayor competencia brindaría incentivos a las ACR para mejorar la calidad de sus servicios, de sus metodologías de calificación, procesos internos y contratar personal más idóneo;

(iv) la renovada estructura del mercado de las ACR podría establecer un límite a la importancia que se le da al capital reputacional de los Tres Grandes;

(v) una mayor competencia puede reducir los honorarios de calificación y reducir la asimetría de información del mercado, como resultado de un aumento en la elección disponible para los inversores. A su vez, una elección más amplia podría permitir a los inversores comparar diferentes calificaciones y hacer su propia evaluación, reduciendo la excesiva dependencia en las calificaciones crediticias.

(vi) las aplicaciones de IA con controles efectivos y mecanismos transparentes de toma de decisiones podrían limitar el alcance de las calificaciones sesgadas por el ser humano, derivadas de la problemática del conflicto de intereses.

Sin perjuicio de lo anterior, las incertidumbres en torno a las posibles responsabilidades legales derivadas del uso de IA y el alcance del marco regulatorio pueden socavar los incentivos de la empresa para aplicar la IA o limitar su alcance de aplicación.

En el frente regulatorio, es probable que IOSCO lidere el proceso para regular las tecnologías de manera ordenada a nivel mundial. Se espera que las reglas de IOSCO no solo se dirijan a las ACR, sino también al mercado financiero en general, con especial énfasis en no interrumpir los servicios financieros ni crear riesgos sistémicos involuntarios.

En síntesis, la introducción de aplicaciones de IA en el mercado de calificación crediticia podría generar beneficios y eficiencias sustanciales para los mercados financieros, siempre que el uso de los datos sea adecuado, la existencia de controles efectivos y la transparencia en el proceso de toma de decisiones. Queda por ver si los límites legales y regulatorios podrían volverse más claros en el futuro, para que las empresas puedan evaluar la conveniencia de invertir en IA a la luz de las potenciales responsabilidades legales y el escrutinio regulatorio. Es probable que el alcance de la aplicación de IA dentro de cada empresa sea establecido tras una ponderación cuidadosa de las eficiencias, los riesgos y el capital reputacional de cada ACR.

domingo, 8 de marzo de 2020

3 MANERAS DE COMPRAR ORO

Tres maneras de comprar oro:
  1. Oro físico.
  2. ETFs de oro
  3. Futuros de oro.
Les anticipo que si bien puede sonar complejo, la manera más eficiente de comprar oro es a través de futuros, ya que tiene algunas ventajas muy importantes.

1. Oro físico.

Definitivamente esta es la forma menos práctica de comprar oro. Me animo a decir que la peor. Para empezar, es muy importante saber a quién se le compra y obtener un certificado. ¿Por qué? Porque salvo que uno sea experto, es muy fácil ser engañado respecto a la pureza del oro.

Una barra de 1,5kg (unas 50 onzas troy) vale U$S 83.700 y entra un bolsillo. Si alguien tiene 7 de estas barras (casi U$S 600.000) le ocupan lo que un paquete de galletitas. Pero… ¿alguien quiere correr el riesgo de tener ese dinero escondido en su casa? Con lo cual, quien quiera pagar el costo de la custodia deberá pensar en que le cobrarán entre un 1% y un 2% del valor anualmente.

Pero la noticia verdaderamente mala es que la brecha en el precio de compra-venta del oro físico está al menos en el 20%. Es decir que si ustedes quieren vender, les pagarán 10% menos que el precio de mercado y si quieren comprar, deberán pagar un 10% más.

Esto aplica también a las monedas como los Mexicanos o los Krugerrands.

Si ustedes tienen barras de oro custodiadas en un banco internacional, probablemente no tengan que enfrentar una brecha tan amplia, pero puede ser importante de todos modos.

Para rematar, si alguien quiere vender sus barras de oro en el Banco Ciudad, les pagarán 10% menos que el valor de mercado y al dólar oficial.

¿Y si lo compro en el exterior? Sin dudas encontramos spreads mucho más competitivos (aunque igualmente amplios si lo comparamos con otros activos financieros):
Pero una vez más: aquí hay que resolver la entrega física del oro, verificar que la calidad sea la correcta y ver dónde almacenarlo.

2. ETFs de Oro

Un ETF (Exchange Traded Fund), es un “Fondo que Cotiza en Bolsa” y que se compra y vende como cualquier acción (Apple, Google, Netflix).

Comprar un ETF de oro es sencillo. Sólo hay que tener una cuenta de inversión y comprarlo como cualquier acción. Si alguien tiene cuenta en una ALIC de Argentina que ofrece el servicio de comprar acciones de los EEUU, puede perfectamente un ETF de oro.

El ETF más conocido es el SPDR Gold Shares, cuyo símbolo (Ticker) es GLD. Lo que hace este ETF es invertir en oro físico.

Cuando alguien compra acciones de GLD, no está comprando oro directamente. Lo que compra son acciones del fondo (es decir, uno se convierte en dueño de una porción del fondo) que a su vez invierte en oro físico.

La gran ventaja de comprar un ETF de oro es que es sumamente fácil y no hay que preocuparse por el almacenamiento, que de eso se ocupa el propio fondo.

Pero, ¿qué problemas tiene?

Primero, no estamos comprando oro directamente, sino que estamos comprando acciones de un fondo que a su vez invierte en oro.

Esto puede parecer un dato irrelevante, pero en determinadas circunstancias no lo es. Si se disuelve el fondo o si quiebran algunas de las entidades que intervienen en su administración, puede ser un problema.

Segundo, el fondo tiene un costo de 0,40% anual. Es bajo pero no es cero. Desde que se creó en el 2004, acumula un costo administrativo del 6%.

Tercero, el inversor minorista no puede canjear sus acciones por oro. Sólo los Participantes Autorizados pueden canjear sus acciones por oro y/o depositar oro en el fondo para crear nuevas acciones.

3. Futuros de Oro

Esta es la manera de invertir en oro que más me gusta. Pero hay que asegurarse de entender muy bien lo que es un futuro.

Un futuro es un contrato por el cual una parte acuerda comprar una determinada cantidad de un bien en un plazo futuro a un precio determinado. Cada contrato tiene sus especificaciones.

Hay tres contratos de oro:
  • Gold (Símbolo: GC) 100 onzas. (Entrega física)
  • COMEX Miny Gold (Símbolo NYMEX: QO). 50 Onzas. (Liquidación en cash)
  • E-Micro Gold (Símbolo NYMEX: MGC) 10 Onzas. (Entrega física)
Cada contrato de GC tiene un valor de 100 onzas (U$S 167.400). Cada contrato de MGC tiene un valor de 10 onzas (U$S 16.740).

¿Cuánto dinero se necesita dejar en garantía para comprar GC? U$S 7500.
¿Cuánto dinero se necesita dejar en garantía para comprar MGC? U$S 750.

Es decir que si alguien quiere comprar oro por U$S 167.000, solo tiene que dejar en garantía U$S 7500. Acá está el uso eficiente del cash (y también el peligro si lo único que se tiene es el dinero para la garantía)

Los contratos de futuros tienen determinados meses de vencimiento. Un plan posible sería comprar ahora el contrato de mayo, antes de su vencimiento venderlo y comprar el de septiembre, antes de su vencimiento venderlo y comprar el de enero  y antes de su vencimiento venderlo y comprar el de mayo. Esto es lo que se conoce como ir “rolleando” los contratos.

Las ventajas de comprar oro futuro son las siguientes:
  1. Se elimina el problema de la custodia de oro
  2. Menores costos
  3. Uso eficiente del cash
  4. Se puede aumentar la exposición
Si uno tiene U$S 17.500 para destinar a la comprar de oro, puede comprar un contrato de MGC

sábado, 22 de febrero de 2020

CHEQUES ELECTRÓNICOS E-CHEQ

En MARZO E-CHEQ

Debutan los cheques electrónicos, sólo para el Mercado de Capitales

Los valores emitidos desde una entidad financiera podrán ser descontados de manera digital en el Mercado de Capitales. Es resultado del vínculo entre la Caja de Valores (CVSA)-depositaria del grupo BYMA- y COELSA, la Cámara Electrónica de Compensación de Medios de Pago minorista de Argentina. Así podrán financiarse las Pymes.
El cheque electrónico disponible solo para el mercado de capitales
A partir de marzo, Caja de Valores (CVSA)-depositaria del grupo BYMA- comenzará a prestar los servicios de gestión y custodia de E-CHEQ, el valor electrónico que implementó el Banco Central de la República Argentina, permitiendo la negociación de este instrumento en el Mercado de Capitales.
De esta forma, un cheque emitido desde una chequera electrónica en una entidad financiera podrá ser descontado de manera digital en el Mercado de Capitales. Esto será posible gracias al vínculo de la depositaria con COELSA, la Cámara Electrónica de Compensación de Medios de Pago minorista de Argentina.
Esta funcionalidad del E-CHEQ se suma a los múltiples desarrollos que instrumenta BYMA en materia de digitalización: la Factura de Crédito Electrónica, la plataforma de pagarés electrónicos -EPYME- y BYMA Listadas. así se podrán financiar las Pymes.
"Vamos a poder evitar todo el circuito físico que no sólo es peligroso, porque entraña riesgos con los traslados, sino también muy desgastante. Ya estamos en el proceso de puesta a punto de las plataformas de Caja de Valores", afirmó a Simón Carman, gerente comercial de una importante empresa de garantías al sitio de noticias, IProUp.
"Las Pymes tienen que enviar el cheque a la sucursal más cercana, después la empresa que lo opere deberá otorgar su aval y luego enviarlo a la Caja de Valores para su negociación. Recién entonces se transfiere a la usuario", detalla el especialista.
"Con el descuento digital, la firma sólo escanea el valor y automáticamente lo recibe la compañía para su aval y la Caja. Estamos hablando de un cambio revolucionario por la forma en que se agilizará y modernizará el proceso de negociación del principal instrumento que hoy usan las pequeñas empresas para obtener fondos en el mercado".. enfatizó Carman.
El proceso para operar con cheques electrónicos funciona así:
1.- El titular de una cuenta corriente libra un e-cheq desde su home banking
2-. El beneficiario recibe una notificación de recepción para realizar su gestión. Si lo acepta, puede:
a) Acreditarlo en su cuenta en la fecha de pago (a través de una orden electrónica)
b) Cobrarlo por ventanilla en la sucursal correspondiente
d) Endosarlo según lo establece la Ley de Cheques (será registrado en el reservorio y se informará al nuevo beneficiario y entidades financieras)
e) Rescatarlo de acuerdo con el procedimiento establecido
f) Negociarlo
3.- Si el beneficiario no realiza ninguna de estas acciones o lo rechaza, quedará pendiente hasta su fecha de vencimiento.

lunes, 10 de febrero de 2020

BAJA DE DÉBITOS AUTOMÁTICOS EN CUENTAS BANCARIAS

Opciones para dar de baja o gestionar los débitos automáticos en cuentas bancarias

Lunes 10 de febrero de 2020. Dado el volumen creciente de consultas recibidas, el BCRA considera oportuno repasar las opciones disponibles a los usuarios de servicios financieros que deseen dar de baja o gestionar un débito automático en su cuenta bancaria, de forma rápida y sencilla.
Las gestiones de débitos automáticos se pueden hacer directamente a través de su propio banco, no es necesario contactar a la empresa recaudadora o a la entidad receptora, incluso cuando hayan sido adheridos por CBU. Tampoco es necesario que haya una razón específica, basta con la sola decisión por parte del usuario para que el banco proceda con el requerimiento.
Por lo tanto, un usuario puede, a través de la entidad en la cual tiene la cuenta, dar de baja la adhesión para cada débito automático, de manera definitiva y unilateral, tal como surge del punto 3.1.3 inciso ii) del Texto Ordenado del Sistema Nacional de Pagos - Débitos Directos.

miércoles, 29 de enero de 2020

CRÉDITOS HIPOTECARIOS UVA

El Gobierno anunció una solución para quienes tienen créditos hipotecarios UVA

El Gobierno anunció el lanzamiento de un mecanismo de compensación para amortiguar el incremento que deberían afrontar en febrero las cuotas de los deudores hipotecarios UVA. Es que la finalización del congelamiento establecido a partir de agosto pasado por el gobierno de Macri, implicaría un incremento del 26% en las cuotas.
"A fin de evitar un aumento tan pronunciado, se implementará un esquema de bonificación que distribuirá en un lapso de 12 meses el alza que debía imputarse a partir del mes de febrero", se informó tras el acuerdo entre el Banco Central de la República Argentina acordó con el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat de la Nación.
Para garantizar este proceso de convergencia y en consonancia con el criterio del esfuerzo compartido establecido en la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva, las entidades financieras aportarán un total de 1.411 millones de pesos durante el plazo de vigencia del mismo.
Ejemplo del esquema de convergencia de las cuotas:
- Considerando un crédito con una cuota de $12.000, el incremento del 26% previsto implicaría un salto en la misma hasta los $15.100 establecidos por la cuota contractual para febrero de 2020. En el marco del mecanismo de convergencia, la cuota se incrementará solo un 5% y quedará en $12.600.
- Si se considera el crédito máximo al que accedieron los beneficiados por el congelamiento, la cuota debería pasar de los $24.300 en enero a $30.700 en febrero, es decir un 26% más. Con el mecanismo de convergencia, el monto a pagar en febrero será de $25.700 una suba de 6%.
También se decidió que en caso de que la cuota a pagar supere el 35% de los ingresos familiares acreditados por los deudores, las entidades financieras deberán establecer un esquema que atienda puntualmente estos casos.
"Producto de las políticas crediticias implementadas por el gobierno anterior, el peso de los créditos hipotecarios UVA recayó, en su mayor parte, en los bancos públicos. El costo del congelamiento ($ 690 millones desde setiembre 2019 a enero 2020) se financió utilizando los fondos del fideicomiso Procrear, un instrumento originalmente diseñado para construir viviendas", se detalló.
Según el relevamiento realizado por el Banco Central, existen en la actualidad un total de 105 mil deudores hipotecarios UVA, de los cuales 95 mil corresponden a préstamos de hasta 120 mil UVAS y para vivienda única.

viernes, 24 de enero de 2020


Estafa con el 'dólar cable': El increíble caso del Banque Heritage Uruguay


En Uruguay dicen que fue la mayor estafa perpetrada por un funcionario bancario. Nunca sucedió algo semejante en Uruguay. Según estimaciones, US$17 millones a lo largo de casi 20 años por el manejo irregular de decenas de cuentas de clientes no residentes. La estafa dejó al descubierto la debilidad en los controles del Banque Heritage Uruguay, que tenía como principal actividad la captación de dinero de ahorristas no residentes, en su mayoría argentinos. Fondos que, en algunos casos –al decir de la propia ejecutiva de cuentas denunciada, Elena Nazarenko–, tenían origen en actividades ilícitas, tales como la evasión fiscal. La investigación reveló una compleja trama de intermediarios y empresas off shore que permitía el trasiego de dinero entre Uruguay y Argentina. Y varias casas de cambio que facilitaban el tráfico de divisas entre ambas orillas del Río de la Plata mediante el “dólar cable” o compensaciones financieras, con comisiones que iban desde el 3% al 10% de cada negocio. En Montevideo, investiga la Secretaría Nacional para la Lucha contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo (Senaclaft). Aquí el relato del semanario Brecha:

Dólar
En 1981, la instalación en Uruguay de Surinvest Casa Cambiaria en 1981 fue la cabecera de playa del Banque Heritage. Una década después la entidad recibió la autorización del Banco Central de Uruguay para operar como banco.
El paquete accionario se integró así, entre otros:
HSBC Bank (Argentina),
Unibanco SA (Brasil),
Rabobank Finance (Uruguay),
Bicecorp Limitada y
Philadelphia Int Equities de USA (Islas Caimán).

17 años después, Banco Surinvest se focalizó en comercio exterior, private banking (banca privada) y servicios financieros a clientes corporativos, con una apuesta a la captación de clientes no residentes, en especial argentinos.
En 2007, Banque Heritage (Suiza) adquirió la mayoría del paquete accionario de Surinvest, a través de la subsidiaria en islas Caimán de HFT International (Guernsey, dependencia de la Corona británica en el canal de la Mancha, al oeste de las costas de Normandía, Francia).
Elena Nazarenko ingresó en 1982. En 1996 la ascendieron a adscripta a la gerencia. Ella gestionó los depósitos de su cartera de 200 clientes (80% argentinos), la detección de potenciales clientes y el desarrollo de posibles nuevos negocios.
En noviembre de 2017, uno de sus clientes presentó una queja en Heritage de problemas de saldos en sus cuentas.
Nazarenko no estaba en el banco porque había fallecido su marido, el financista Agustín Sena. 
El cliente alegó que, según datos entregados por Nazarenko, tenía ahorros por US$ 2.577.415 pero su estado de cuenta establecía apenas US$ 76.237, y pidió el cierre de su cuenta.
El banco logró resolverlo pero la gerenta, Graciela Rey­baud, comunicó a Nazarenko que había una denuncia de irregularidades. 
A los pocos días, otro cliente afirmó que los datos no se ajustaban a la información que había recibido. 
El banco comenzó a investigar y detectó nuevas inconsistencias. 
Antes de la Nochebuena de 20117, Banque Heritage Uruguay, patrocinado por Guyer y Regules, denunció por estafa a Nazarenko y otras 7 personas.
El banco contrató a Pricewaterhouse Coopers para investigar el fraude. 
La auditoría registró faltantes de dinero en las cuentas de 30 ahorristas, clientes que, por decisión propia, no querían recibir sus estados de cuenta en sus domicilios ni vía correo electrónico. Todos eran clientes de Nazarenko.
Al declarar ante la fiscalía, Nazarenko admitió el desfalco, pero relativizó el monto: US$ 1,8 millón, utilizados para cubrir gastos de la actividad comercial desarrollada por su esposo, Agustín Sena, y para la compra de un inmueble. Y que los retiros de dinero en su provecho fueron en 3 etapas.
La maniobra implicó una especie de estafa piramidal. Los fondos de unos clientes cubrían los retiros de otros, y esto se complicó sobre finales de 2016, ya que varios clientes del banco decidieron ingresar al blanqueo impulsado por el gobierno de Mauricio Macri.
Nazarenko entregaba a sus clientes estados de cuentas adulterados con un saldo superior al que realmente tenían; a la vez elaboraba órdenes de retiro de dinero o de letras de cambio con la firma escaneada de los clientes, y las presentaba ante el banco.
Los retiros se realizaban en caja por personas de su confianza (un matrimonio amigo y su hijo) o por Diego Lenguas Fernández y Bernardo Garat Urioste, dos cambistas que tuvieron un rol clave en las maniobras.
Por disposición legal, las casas de cambio no pueden efectuar transferencias al exterior. Nazarenko afirmó ante la fiscalía que los retiros de dinero eran definidos por orden de Lenguas, quien tenía contactos con algunas casas de cambio en Uruguay y en Ciudad de Buenos Aires.
Se habilitó el transporte de “dinero vivo” en forma regular hacia Argentina y la comisión era de entre 3% y 4%. En algunas oportunidades el dinero “dormía” en casas de cambio y por esta tarea de custodia -aunque las casas de cambio no pueden recibir depósitos-, se cobraba 0,5%.
“Varios clientes relataron que habían recibido o entregado dinero en efectivo de la señora Nazarenko o de terceros”, afirmó el banco. Según los clientes, en ningún caso se les entregaba un recibo.
En su declaración, Nazarenko justificó esta operativa: “Todo cliente argentino no residente siempre fue un cliente que mantuvo los fondos en negro. Los clientes y cambistas argentinos están acostumbrados a que cuando dejan dinero no les dan recibo, y cuando retiran no firman. (…) Así funciona la operativa habitual”.
Sin embargo, el centro del negocio estaba en la operativa del “dólar cable”, un mecanismo de intercambio de divisas que sorteaba las restricciones cambiarias impuestas en la Argentinas.
Mediante este mecanismo, las casas cambiarias pagaban entre 3% y 4% a quienes pretendían ingresar dinero en Argentina, y cobraban entre 6% y 10% a quienes pretendían “fugar divisas” hacia el exterior. Se necesitaba dinero en el país de origen y en el país de destino.


En el semanario Brecha que viene siguiendo en detalle los sucesos, Mauricio Pérez publicó un informe muy preciso:
Un juicio civil que enfrenta al Banque Heritage Uruguay y a un hombre investigado por transportar dinero de ahorristas hacia la República Argentina podría tener derivaciones en las dos márgenes del Río de la Plata. Este hombre se presentó en el Banco Central de la República Argentina y se ofreció a aportar información sobre cómo procedía el banco uruguayo en el otro lado del río para captar fondos de ahorristas argentinos.
Durante un año y medio, Diego Lenguas viajó regularmente a Buenos Aires (Argentina) con “dinero vivo” (en efectivo), para entregárselo a ahorristas del Banque Heritage Uruguay SA. Hacía la entrega en el lugar que el ahorrista quería, sin preguntas ni muchas formalidades. Por esta tarea de “correo humano” cobraba una comisión de entre el 3 y el 4 por ciento.
La operativa se realizó sin problemas hasta noviembre de 2017; entonces todo cambió. Su nombre quedó atado a la que se define como la mayor estafa perpetrada por un funcionario bancario en la historia de Uruguay. El traspaso de dinero entre las dos orillas del Río de la Plata se hacía para clientes de Elena Nazarenko, la funcionaria del Banque Heritage que durante 15 años se apropió del dinero de estos, sin que nadie se enterara.
El 24 de diciembre de 2017, pocos minutos antes del inicio de la feria judicial mayor, abogados del estudio Guyer & Regules se apersonaron en los juzgados especializados en crimen organizado y presentaron una denuncia penal por estafa contra Nazarenko y otras siete personas. Lenguas y sus socios, Bernando Garat y Rafael Bermúdez, fueron denunciados como partícipes necesarios del desfalco perpetrado por Nazarenko. Según la denuncia, eran responsables de 47 retiros de dinero de las oficinas del banco, por unos 4 millones de dólares. Esos se hacían sin la autorización de los clientes.
Dos años después de la denuncia, el fiscal Enrique Rodríguez ya cerró buena parte de la investigación: Nazarenko fue condenada por delitos de estafa y falsificación de documentos. Otras tres personas –amigos y familiares de la mujer– fueron condenadas por receptación, porque colaboraron en el proceso de retiro de fondos.
Sin embargo, el fiscal aún no avanzó sobre la situación procesal de Lenguas ni sobre la de las casas de cambio utilizadas –según la denuncia del banco– para concretar parte del envío de dinero a la vecina orilla. Semanas atrás, Rodríguez envió un exhorto a Argentina en el que solicita interrogar a los 15 clientes del Heritage de cuyas cuentas Lenguas y sus socios retiraron dinero. El fiscal busca dilucidar si estos ahorristas recibieron el dinero que se retiró de sus cuentas y avanzar en la comprensión de la operativa financiera.
Pero el intrincado caso del Heritage también se ventila en otros estrados judiciales. Lenguas y el Banque Heritage están inmersos en un litigio civil, que puede tener otras derivaciones en Uruguay, pero también en Argentina. El banco demandó al operador cambiario para intentar recuperar el dinero estafado. En tanto, Lenguas le hizo una contrademanda a la institución financiera (lo que se denomina reconvención) por intentar perjudicarlo. Por eso reclama unos 600 mil dólares.
En su contrademanda, a la que accedió Brecha, Lenguas asegura que su única función era el “acarreo de dinero” hacia Argentina y que nunca se quedó con plata de los clientes, y acusa al Banque Heritage de montar una estrategia para presentarse como víctima de un grupo criminal organizado, presuntamente integrado por él y Nazarenko. El escrito –patrocinado por el abogado Enrique Sayagués– afirma que esa estrategia tiene por objeto evitar que se analice un aspecto clave de este proceso: el hecho de que una institución financiera uruguaya haya captado durante años dinero “negro” de ahorristas argentinos y omitido todos los controles internos de lo que se hacía con ese dinero.
Graciela Rey­baud
Graciela Rey­baud, CEO, ella recibió las primeras denuncias, se enteró del desfalco y tuvo que realizar el contraataque de la entidad.
Oficina clandestina
Nazarenko ingresó a Surinvest –por entonces casa de cambio– en 1982 y durante más de tres décadas se fue consolidando como una funcionaria eficiente y respetada. A principios de los años noventa, la empresa comenzó a operar como banco; así nació el Banco Surinvest SA. Sobre finales del siglo XX, el banco cambió su estrategia comercial y se focalizó en las áreas de comercio exterior, private banking (banca privada) y servicios financieros para clientes corporativos, con una apuesta a la captación de clientes no residentes. Eran tiempos del Uruguay plaza financiera. Finalmente, esa estrategia tuvo un resultado: en 2010, el 90 por ciento de los clientes del Heritage eran extranjeros; en su mayoría, argentinos.
Sobre mediados de los años noventa, Nazarenko fue designada como adscripta a la gerencia. En su rol de ejecutiva de cuentas, se encargaba de la detección de potenciales clientes y de la gestión de las cuentas bancarias, así como del desarrollo de alternativas de posibles negocios. Eran, en su mayoría, ahorristas no residentes –el 80 por ciento, argentinos– que utilizaban el sistema financiero uruguayo como “guarida” de sus ahorros y tenían gran confianza en los oficios de la funcionaria.
En este marco, Nazarenko viajaba periódicamente a Buenos Aires para reunirse con sus clientes. Estas reuniones se hacían en una habitación del Trianon Residence, un apartotel ubicado en Callao y Alvear, en el corazón del coqueto barrio Recoleta. Su llegada era un acontecimiento: el hall del hotel se llenaba de ahorristas que esperaban su turno para ser atendidos. “Cuando venía Elena, venía el Heritage”, dijo uno de los ahorristas a Brecha. Esa idea era más que una sensación. Para muchos ahorristas, ese era el único contacto con el banco; algunos ni siquiera recibían los estados financieros de sus cuentas bancarias.
La presencia de Nazarenko en Buenos Aires tenía otro cometido: captar nuevos clientes, quienes llegaban al hotel por recomendación, por el boca a boca. El banco no era ajeno a lo que sucedía en esa “oficina clandestina” del hotel Trianon o, al menos, a una parte de lo que allí sucedía, ya que la captación de esos ahorros era parte de su estrategia comercial. Es más, la habitación del hotel se pagaba con la tarjeta corporativa.
Nazarenko aprovechó la opacidad de este sistema de captación de ahorros y la confianza de sus clientes –así como la falta de controles del banco– para concretar la millonaria estafa. Según su relato en la Fiscalía, el retiro de dinero comenzó entre los años 2000 y 2003, cuando instaló, junto con su marido –hoy fallecido–, varios locales comerciales en Piriápolis y Punta Colorada (Maldonado). Y se extendió durante 15 años. Los últimos retiros fueron hechos para cubrir deudas comerciales de su esposo, prestamista de la plaza montevideana.
La operativa incluyó la falsificación de cientos de órdenes de retiro de dinero de las cuentas bancarias. Parte de los retiros se justificaba por la posibilidad de un negocio para el cliente, a través de Aes Private Banking, un fondo de inversión con sede en Brasil. El problema comenzó cuando algunos clientes pedían el retiro del dinero fruto de esas inversiones. Esto derivó en una “calesita financiera”, en la que los fondos de unos clientes cubrían los retiros de otros.
Los pedidos de retiro de dinero se intensificaron sobre finales de 2016, cuando varios de esos clientes se plegaron a las políticas de blanqueo impulsadas por el gobierno de Mauricio Macri para repatriar capitales. La maniobra quedó al descubierto cuando un cliente se apersonó en el banco y reclamó que en su cuenta sólo había 76 mil dólares, cuando debía tener unos 2 millones de dólares. La calesita se había roto.1
Sigilo tributario
Tras detectar la estafa, el Banque Heritage inició un proceso de reducción de daños. Eso incluyó la firma de acuerdos extrajudiciales con decenas de clientes, en los que se comprometió a devolver al menos parte del dinero estafado. Al mismo tiempo, la institución presentó la denuncia penal y varias demandas civiles contra los involucrados en la maniobra.
En el caso de Lenguas, se le reclamaron unos 4 millones de dólares, el monto que retiró desde las oficinas del Heritage. Según el banco, no hay registros de que Lenguas y sus socios hayan entregado ese dinero a los ahorristas, por lo que se desconoce dónde está la plata. Por este motivo, le reclama que presente los recibos que acrediten que esos pagos se hicieron.
Lenguas, por su parte, afirma que su única función era transportar el dinero entre ambas orillas del Río de la Plata, de forma que los clientes argentinos pudieran hacerse con el dinero resguardado en Uruguay. Esta operativa se hacía a partir de las directivas de Nazarenko, sin contacto con los clientes: “Los depositantes no querían tener trato personal con ninguno de los mensajeros. Su anhelo de clandestinidad total era más que razonable”. Lenguas afirmó que en todo este tiempo sólo conoció personalmente a tres clientes. También aseguró que todo el dinero trasladado a Argentina fue entregado en el lugar indicado. Esta versión fue confirmada por la propia Nazarenko, en un escrito presentado en el juzgado. Según la mujer, el cambista “cumplió siempre correctamente con los envíos de dinero y todas las sumas que él retiró en la caja del banco fueron entregadas a los clientes. Sin excepciones”.
En este punto, el abogado Sayagués afirmó que el banco sabe cabalmente que esas operaciones se hacían sin exigir recibo y que así lo explicó la propia Nazarenko en su primera declaración en la Fiscalía, donde dejó en claro los claroscuros de esa operativa: “Todo cliente argentino no residente siempre fue un cliente que mantuvo los fondos en negro. Los clientes y cambistas argentinos están acostumbrados a que cuando dejan dinero no les dan recibo y cuando retiran no firman […]. Así funciona la operativa habitual”.
Imagen del juicio en Uruguay.
Imagen del juicio en Uruguay.
Sacando el velo
El Código General del Proceso establece la publicidad de los juicios civiles en Uruguay. Según esa norma, “todo proceso será de conocimiento público”, es decir, de acceso libre. Salvo que exista una decisión expresa del juzgado que restrinja esa publicidad “por razones de seguridad, de moral o de protección de la personalidad de alguna de las partes”. Pero este límite a la publicidad debe ser una excepción, no la regla.
En este litigio civil, el banco presentó una lista de los clientes estafados y los montos del perjuicio ocasionado. Según la demanda, el testimonio de estos clientes es clave para confirmar que nunca autorizaron a Lenguas a retirar dinero de sus cuentas bancarias. Sin embargo, el banco pidió que la identidad de los clientes –nombrados con sus iniciales– permanezca en reserva, oculta, en un sobre cerrado, dentro de la caja de seguridad del juzgado. Todo en nombre del secreto tributario y bancario.
Sin embargo, la defensa de Lenguas decidió jugar fuerte: planteó que el banco no puede jugar a las escondidas con la identidad de los ahorristas, menos si pretende que esos testimonios sean utilizados como prueba contra su cliente. Y afirmó que la identidad de los testigos en un litigio civil debe ser conocida por todas las partes, como garantía del debido proceso.
En su escrito, el abogado Sayagués afirmó que él también pretende que las personas identificadas en esa “lista secreta” declaren como testigos en la causa, ya que tienen mucho para aportar: “Serán interrogados detalladamente sobre toda su operativa de colocaciones y retiros de dinero con el banco actor y la señora Nazarenko, sobre el origen del dinero y los motivos de las originales formas de manejo de los movimientos financieros”. Aseguró que sobre su cliente no recae ninguna disposición de secreto profesional, por lo que está dispuesto a entregarle al juzgado el nombre de todas las personas a quienes les entregó dinero en Argentina y las direcciones donde hicieron esas entregas.
Pero Sayagués no se quedó ahí. Pidió que también declare la plana mayor del Banque Heritage, incluida la gerenta general, Graciela Reybaud, la oficial de cumplimiento Valentina Larrobla y los gerentes Valerie Schuhl y Jorge Velazco. Estos funcionarios serán interrogados sobre cómo era la operativa de captación de fondos que el banco realizaba en Buenos Aires y los controles que se hacía de la actividad de Nazarenko; también sobre qué medidas de conocimiento del cliente y del origen de los fondos (due diligence) tomaba el banco.
Según Sayagués, es materialmente imposible que Nazarenko haya perpetrado una estafa tan importante (la cifra estimada oscila entre 17 y 20 millones de dólares) sin la cooperación de algún funcionario del banco. Apuntó que si el banco hubiera ejercido los controles obligatorios de toda actividad bancaria (previstos en sus normas internas), se habría evitado la estafa. Claro que también habría perdido el lucrativo negocio de captar fondos de los ahorristas argentinos.

En las narices
Hace varios meses, el fiscal Enrique Rodríguez envió un informe al Banco Central del Uruguay (Bcu) para que analice la posible responsabilidad del Banque Heritage en la maniobra. Según la respuesta a un pedido de informes que hizo Brecha –fechada en agosto de 2019–, la Superintendencia de Servicios Financieros del Bcu “ha realizado el seguimiento de la maniobra fraudulenta que afectó al Banque Heritage”, pero “las investigaciones administrativas (si las hubiere) son confidenciales”. Sin embargo, abogados del Bcu estuvieron presentes en varias de las audiencias que tuvieron lugar en la Fiscalía.
Según algunas fuentes judiciales, la investigación de la Fiscalía enfrenta dificultades. En principio, la operativa de captación de dinero “en negro” en Argentina sería una falta administrativa, pero no supondría delito penal. Esto porque en Uruguay la defraudación tributaria recién fue consagrada como delito precedente de lavado de activos en diciembre de 2017 y esta operativa de Nazarenko se desarrolló hasta noviembre de ese año, fuera, entonces, del alcance del Código Penal.
Más allá de esto, la defensa de Lenguas solicitó que una muestra del expediente civil sea enviada al Bcu para que informe sobre diversos puntos: si tiene conocimiento de los hechos, si la operativa del Banque Heritage para captar depósitos en Buenos Aires está ajustada a derecho y qué controles debieron ejercerse sobre esos negocios. Pero el cambista volvió a cruzar el Río de la Plata. Esta vez, hasta las oficinas del Banco Central de la República Argentina. Allí presentó una nota en la que detalla todas las maniobras de Nazarenko en Argentina y la captación de fondos de ahorristas en la “oficina clandestina” del hotel Trianon. En esas reuniones, la ejecutiva recibía dinero en efectivo de los ahorristas, que entregaba en el banco, al mismo tiempo que recibía los pedidos de entrega de dinero a sus clientes.
La nota explica que se trataba de un negocio excelente para todos los participantes: los ahorristas lograban fugar su dinero de Argentina y cobrarlo cuando querían, el banco ganaba dinero con esos depósitos y los fleteros (incluido Lenguas) cobraban su comisión por hacer efectiva la entrega del dinero. El único que perdía era el fisco argentino (la Afip). Esto es relevante, ya que en Argentina esta operativa sí podría ser catalogada como defraudación tributaria. Ahí el banco podría tener complicaciones.

jueves, 23 de enero de 2020

IMPUESTO PAIS SOBRE LAS OPERACIONES EN EL EXTERIOR

A partir del 23 de diciembre de 2019 las operaciones en el exterior sufrieron modificaciones debido a la Ley N°27541.

Dicha ley estableció un impuesto del 30% sobre las siguientes operaciones:

  • Compras en moneda extranjera que se realicen con tarjetas de crédito, débito y recargables
  • Las operaciones de compra de billetes y divisas en moneda extranjera
  • Las extracciones de adelantos de efectivo que realices en el exterior con tarjeta de crédito
Además
  • Se estableció una alícuota diferencial del 8% sobre los consumos realizados en algunas plataformas digitales.
  • Si los consumos en moneda extranjera realizados con tarjeta de crédito son abonados en pesos, aplica el impuesto PAIS.
    En caso de que se paguen con dólares, no están alcanzados por este impuesto.
  • Si los consumos en moneda extranjera realizados con tarjeta de crédito ingresan en pesos en el resumen de cuenta, aplica el Impuesto PAIS aun cuando se abonen con dólares.
  • Si los consumos en moneda extranjera realizados con tarjeta de débito se debitan de una cuenta en dólares, no son alcanzados por este impuesto.
  • Los consumos en moneda extranjera realizados con Tarjeta Recargable están alcanzados por el impuesto PAIS.